lunes, 3 de febrero de 2014

Formulario 572.



¿Cómo accedo al F. 572 WEB ?

El trabajador deberá ingresar en www.afip.gob.ar – Acceso con Clave Fiscal - y a continuación se desplegará el listado de sistemas que tiene habilitados.En caso de no estar habilitado el servicio “SiRADIG – Trabajador” deberá dar de alta al mismo ingresando en la misma página al “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.Su clave fiscal deberá tener como mínimo nivel de seguridad 2 o superior.
Se encuentran a disposición en el siguiente link: http://www.afip.gob.ar/cf las instrucciones correspondientes a efectos de obtener la clave fiscal o elevar el nivel de seguridad de la misma.

La presente normativa establece que el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) -TRABAJADOR” deberá ser utilizado en sustitución del formulario dedeclaración jurada F. 572, cuando:
a) La remuneración bruta, correspondiente al año calendario inmediato
anterior al que se declara sea igual o superior a $ 250.000. Para ello los
agentes podrán consultar ingresando al servicio SERCOPE, opción “AFIP –
4ta. Categoría”, constatando los ingresos brutos totales para el año 2012.
b) Computen como pago a cuenta del gravamen las percepciones establecidas por la Resolución General 3.378/12 y 3.379/12 (percepción sobre las operaciones de adquisición de bienes y/o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior que se cancelen mediante
la utilización de tarjetas de crédito y/o de compra) que les hubieren practicado durante el período fiscal que se liquida. Aquellos agentes que se encuadren en alguno de los incisos anteriores,tendrán tiempo hasta el 31/01/2014 (fecha límite establecida por AFIP) para implementar dicho sistema. En el caso de no realizar la presentación del F572 vía web y vencido el plazo para el año 2013,
se eliminarán las deducciones de Cargas de Familia y otras que hayan sido tomadas en cuenta para los Anticipos del Impuesto  2013, lo que ocasionará una deuda que se retendrá en oportunidad
de practicar la Liquidación Anual Período 2013 del impuesto. Ante cualquier consulta acercarse al la Subdirección Impuestos, Tributos y Tasas Municipales en la calle 13 entre 56 y 57, 1er piso, oficina 8 en el horario de lunes a viernes de 8 a 13 hs. Dirección General de Administración
Dirección de Contabilidad Subdirección Impuestos, Tributos y Tasas Municipales
D.G.C.y E.


 http://www.afip.gov.ar/572web/



Las comunicaciones que aquí se muestran son un servicio más, esta comunicaciones se dan primero en el aula y cuaderno de comunicaciones, por lo tanto no las invalida. www.elarcondeclio.com.ar